miércoles, 16 de octubre de 2019

constitucion politica del peru

La Constitución Política del Perú
La Constitución Política del Perú es la Carta Magna sobre la cual reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones políticas. Fue redactada por el Congreso Constituyente Democrático. Fue aprobada mediante el referéndum de 1993, durante el gobierno de Alberto Fujimori.
Desde su establecimiento como República, el Perú ha tenido 12 Constituciones. La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio para todos los peruanos.
2.1. ATRÁS DENOMINACIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
  • Ley de leyes
  • Carta Magna
  • Ley Fundamental
  • Ley suprema
  • ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
PREAMBULO:
Es una declaración de principios que justifican la razón de ser y contenido de la Constitución.
CUERPO O TEXTO:
Es el conjunto de dispositivos legales o armazón jurídica que comprende la Constitución. Se divide en:
  • A) VI TÍTULOS:
TITULO I : De la Persona y la Sociedad ( Art. del 1 al 42)
TITULO II : Del Estado y la Nación ( Art. del 43 al 57)
TITULO III : Del Régimen Económico (Art. del 58 al 89)
TITULO IV : De la Estructura del Estado (Art. del 90 al 199 )
TITULO V : De las Garantías Constitucionales (Art. del 200 al 205)
TITULO VI : De la Reforma de la Constitución (Art. 206)
  • B) XXVI CAPÍTULOS
  • C) 206 ARTÍCULOS
  • D) 16 DISPOSICIONES FINALES      









onstitución Política del Perú de 1993

Promulgada por el Congreso Constituyente Democrático el 29 de Diciembre de 1993, luego de ser ratificada mediante REFERÉNDUM del 31 de Octubre de 1993, la cual entró en vigencia el 01 de Enero de 1994.
2.5. JERARQUÍA DE LEYES
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Las garantías constitucionales

Las Garantías Constitucionales son acciones que tienen por objeto reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un derecho constitucional.
Las acciones garantías proceden en los casos en que se violen o amenacen los derechos constitucionales.
Las garantías constitucionales que hace referencia nuestra Carta Magna (Art. Nº 200), son:
  • 1. Hábeas Corpus
  • 2. Acción de Amparo
  • 3. Acción de Hábeas Data
  • 4. Acción de Inconstitucionalidad
  • 5. Acción Popular
  • 6. Acción de Cumplimiento.
Procede ante un hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos.
Procede la garantía constitucional cuando se vulnera o amenaza los siguientes derechos:
  • Guardar reserva sobre sus convicciones políticas, religiosas, filosóficas o de cualquier otra índole.
  • De la libertad de conciencia y de creencia.
  • El de no ser violentado para obtener declaraciones.
2.2. Acción de Amparo:
Procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción de los señalados en el inciso siguiente. No procede contra normas legales ni contra Resoluciones Judiciales emanadas de procedimiento regular.

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